Despois de que o Instituto Xeográfico Nacional dictaminara o que coido que non facía falta dictaminar, unhas cantas citas (a favor e en contra) como segunda de hoxe, como entrada antes de acceder ó que saiu na prensa sobre o tema (e sairá), a parte das moitase entradas sobre o tema que se poden poden ver no blog e derivados, ou no de José Mª, Discriminados, ...
1.
Un artigo que saco de ABC:
La ría de Ribadeo
GONZALO ANES, Director de la Real Academia de la Historia
28-7-2002 00:29:25
Con motivo de la concesión, por Su Majestad el Rey, del título de marqués de la Ría de Ribadeo a Don Leopoldo Calvo-Sotelo, son frecuentes los comentarios sobre la denominación de esta merced. Hay quienes la consideran inexacta para designar el estuario en que se juntan las aguas del Eo con las del mar Cantábrico. Se dice que el verdadero nombre de ese entrante marítimo, que es también amplia desembocadura de la legendaria corriente de agua, es el de ría del Eo. Tal afirmación no responde a la realidad histórica.
Sin ser especialista en toponimia, aunque sí admirador de quienes cultivan esa disciplina, me decido a tomar la pluma para terciar en el debate, hasta ahora verbal, aunque con entidad suficiente como para que a alguien se le ocurra defender por escrito la denominación Ría del Eo, con pretensiones de vincularla a la más remota antigüedad.
Afortunadamente, las denominaciones Ría de Ribadeo y Ría del Eo no son topónimos oscurecidos por el paso del tiempo a causa de la evolución propia o por cambios en la lengua que los originó. Los nombres de lugar, en estos casos, pueden hacerse incomprensibles u opacos. Dan lugar tales situaciones de opacidad a que se atribuya a los topónimos cuyo significado se ha perdido por evolución, o por haber desaparecido la lengua originaria, a versiones actuales fundadas a veces en falsear el pasado, dando por buenas versiones míticas que no tienen nada que ver con la verdad histórica. Como ejemplo, se me ocurre ahora señalar el del significado que se dio en tiempos al topónimo Navia, villa situada en la desembocadura del río del mismo nombre, en el Principado de Asturias: una versión que contó con aquiescencias hacía derivar el topónimo de Noega, «por haber sido Noé su fundador». Igual origen tendría Noya, en Galicia. Genealogistas de los siglos XVII y XVIII no vacilaron a veces en atribuir tan pintorescos orígenes a determinados topónimos, e iguales libertades se tomaron respecto al origen de familias cuyos ascendientes remotos no dudaron en situar en tiempos de los godos, o de los romanos, o -ya en el delirio de la imaginación- en vincularlos a personajes bíblicos. Con el topónimo que designa la masa de aguas dulces y saladas del espacio en que se juntan las del mar y las del Eo no tenemos ese problema de opacidad. El significado de ría no ofrece dudas. Ribadeo no significa otra cosa que lugar situado más allá del Eo. En cuanto al significado de Eo, los autores suelen coincidir en considerar que el topónimo es de origen prerromano y resultado de una evolución que, según las fuentes documentales más antiguas, habría derivado de Iuve (año 755) a Euve o Heuve (año 878) y a Obe (años 905, 906 y posteriores) que conserva actualmente la feligresía de San Juan de Obe, situada en la orilla izquierda de la ría.
Es asunto que merece una explicación el de las designaciones de las distintas masas de agua del noroeste y norte de España, tanto en Galicia como en toda la costa cantábrica, a las que afluyen los ríos. Esas masas de agua no recibieron nunca el nombre del río al que sirven de desembocadura, por un localismo explicable en las costumbres de las gentes que viven en las orillas de las grandes corrientes de agua. Los habitantes de los pueblecitos de los distintos valles no designan nunca el río con el sustantivo con el que se conoce en geografía. Para ellos, la corriente de agua es el río grande, y así lo distinguen de los ríos pequeños, sus afluentes.
Para designar las aguas de los estuarios en los que desembocan los ríos del norte y noroeste de España, se utilizó siempre el nombre de la ciudad, villa o pueblo más importante situado a sus orillas, en las cercanías del mar. Así, la desembocadura del río Verdugo se conoce y conoció siempre como ría de Vigo. La del Lérez, como ría de Pontevedra; la del Ulla, como ría de Arosa; la del Tambre, como ría de Muros y Noya; la del Jallas, como ría de Corcubión; la del Alcazán, como ría de Camariñas; la del Ayones, como ría de Cerme y Lage. Las rías de la Coruña, Betanzos, Ares y Ferrol corresponden a los ríos Mero, Mandeo, Eume y Jubia. En las rías de Cedeira, Santa Marta de Ortigueira, Barquero, Vivero y Foz desembocan varios ríos, entre los que destacan Punta de Cabo, el Mera, el Sor, el Landrove y el Masma. En las rías de Avilés, Ribadesella, Tina Mayor, Tina Menor, San Vicente, Santoña y Bilbao desembocan los ríos Alcores, Nalón, Sella, Deva, Nansa, Escudo, Asón y Nervión. Parecería exceptuarse la desembocadura del río Navia, pues se denomina ría de Navia, por la villa de ese nombre, la única existente en la desembocadura. Y es ría de Navia y no del Navia, como habría de designarse si correspondiera al río. Por consiguiente, la desembocadura del Eo recibió siempre, y debe recibir hoy la denominación de ría de Ribadeo, ya que esa villa es la más cercana a la costa, y más populosa que las otras dos situadas en las orillas de la gran masa de agua: Figueras y Castropol. Ribadeo, y las poblaciones citadas, dieron nombre a las rías por costumbre de las gentes de mar que llegaban con sus embarcaciones a los puertos o que salían de ellos.
Los viejos mapas -impresos y manuscritos- las cartas marinas, coinciden en designar la desembocadura del Eo como Ría de Ribadeo. En las magníficas colecciones de mapas de la Real Academia de la Historia, hay una amplia muestra de esas denominaciones para convencer a los reticentes. En el Atlas Marítimo de España de Vicente Tofiño de San Miguel (1789) hay una excelente carta de la Ría de Ribadeo fechada en 1788. Por si no bastaran los mapas, cabe recordar que, en el viejo Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal, de Sebastián de Miñano, en el tomo III, (1826) se describe brevemente Eo como «río de España, en Galicia" que nace en el valle del Pedroso en la provincia de Lugo, siguiendo su curso hacia el norte, después de entrar en la provincia de Mondoñedo «por tierra de Miranda». En el lugar de Conforto, "principia a servir el mismo río de línea divisoria del Principado de Asturias por espacio de tres leguas y media, formando la ría de Ribadeo, a cuyo extremo está la villa de este nombre que es la primera de Galicia por aquella parte». Pascual Madoz, en su Diccionario (tomo XIII, 1849), también describe el Eo y señala que, al llegar al lugar y barca de Porto, «desemboca en la ría de Ribadeo». A pesar de estas realidades de la historia, ocurre que, en conversaciones y hasta en escritos, se utilice ría del Eo para designar la desembocadura de la corriente fluvial, aunque tal uso sea contrario a la tradición de siglos. Su Majestad el Rey, además de premiar a Don Leopoldo Calvo Sotelo con la merced de marqués de la Ría de Ribadeo, con tal denominación ha sido fiel a lo que resulta de la historia y de la geografía.
Pregunta que casi podria ser de trivial... ¿Nombre del rio que desemboca en el cantabrico formando la Ria de Aviles? (no vale tirar de Google... ;) )
3.
sacado de http://www.riadeleo.com/historia/la_ria_del_eo/ria_del_eo_versus_ria_de_ribadeo.html:
artículo firmado por D. José Luís Pérez de Castro, publicado en el periódico La Voz de Asturias el Jueves 27 de agosto de 1987, con motivo de la inauguración del Puente de Los Santos.
Don José Luís Pérez de Castro, es abogado, escritor, bibliófilo, director del R.I.D.E.A (Real Instituto de Estudios Asturianos) y uno de los más prestigiosos investigadores del occidente asturiano.
La procedencia de la ría del Eo
Con motivo de la apertura del puente de los Santos ha surgido en la calle la polémica de si la ría sobre la que cruza ha de llamarse ría del Eo o más propiamente ría de Ribadeo. Y a nuestro entender los argumentos son obvios, teniendo en cuenta que los hechos pesan siempre mucho más que los dichos.
Históricamente sabemos que la ría que forma el Eo desde su ensanchamiento en La Abra de San Juan de Abres (primitivo puerto hasta que se desplazó a Porto) para desembocar al Cantábrico entre la Punta de Las Cruces y la Isla Pancha fue toda ella propiedad de Castropol –quizá desde 1154- ratificada por Sancho IV, e indiscutible a partir de la sentencia proveída el 3 de noviembre de 1583 y dada por Juan de Grijalba contra Ribadeo, declarando de Castropol toda la ría, de un lado y de otro por suya; como consecuencia de la redención que le otorgó Felipe II en 1580 liberándola del señorío episcopal ovetense. Sentencia que conocemos por traslado y testimonio de Pedro Galván.
En cumplimiento del R.D. de 30 de agosto de 1889 durante los días 5 a 18 de noviembre de ese mismo año, se practicaron las actas de deslindes del término municipal de Castropol, y entonces volvió a quedar establecido como límite oeste del concejo la margen izquierda del río Eo hasta la Punta de las Carrayas y de aquí en línea hasta la Punta de la Cruz, doblando ésta para seguir al norte con el Cantábrico.
Como efecto de ese pleno dominio y deslinde castropolense, los escribanos y notarios de este distrito gozaban de jurisdicción hasta la ribera gallega y autorizaban sus actos y otorgaban sus documentos al pié de las playas y puertos ribadenses “en todo lo que cubre el mar”. Por lo mismo diversas resoluciones judiciales confirmadas por el Tribunal Supremo (auto de 17 de mayo de 1897) y la Audiencia de La Coruña, resolviendo conflictos jurisdiccionales de competencia surgidos entre los juzgados de primera instancia de Castropol y Ribadeo, la consideraban igualmente propiedad de Castropol y el límite provincial quedaba en la propia orilla gallega. De aquí, que las fincas de la Entreseca de Abres a la parte izquierda del Eo, o sea a la de Galicia se inscribían en el Registro de la Propiedad de Castropol y tributaban en el concejo de Vegadeo, por cuanto “la línea divisoria de este término municipal y el de Travada pasa por la Olga de Pedrido que es el antiguo álveo del río Eo”.
Y las cuestiones de pesca se ventilaban ante los tribunales asturianos.
Partición Salomónica
Esta situación perduró unos ocho siglos, hasta que en 1956 se incoa un nuevo expediente para la fijación de la línea límite divisoria entre los municipios asturianos (Vegadeo y Castropol) de una parte, y los gallegos (Trabada y Ribadeo) de la otra. En él se alegaron por los dos primeros cuantos documentos históricos y vigentes como el deslinde de 1889 establecían la colindancia directa con los segundos en la marca de máxima pleamar en la orilla oeste de la ría; y tanto Trabada como Ribadeo, a una sola voz, en argucia muy propia del proceder forense galaico, negando tal colindancia, invocaban interponerse entre ambos la ría, porque era jurisdicción de Marina; y de no ser así, suplicaban subsidiariamente que el deslinde se estableciese en la línea central de las aguas como lo venía siendo en los tramos más ascendentes.
El Ministerio de Gobernación, oídas las partes, previos dictámenes de la Dirección General de Administración Local, del Instituto Geográfico y Catastral y de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, con base en los mismos y en que en el acta de 14 de mayo de 1927 las partes reconocieran no existir línea de colindancia entre sí por interponérseles la ría; sin analizar el resto de la prueba aportada, resolvió, en julio de 1958, fijar dicho límite en el eje de las aguas corrientes del río, desde la presa de los salmones o Molinos de Abres hasta adentrarse en el mar; sin perjuicio de la Jurisdicción de Marina y dejando a salvo las servidumbre y demás derechos de la zona marítimo terrestre. La resolución, pura ficción jurídica, partía la ría salomónicamente con lo cual, hoy por hoy, mitad es gallega y la otra asturiana. Por ello, días pasados, los alcaldes de Ribadeo y Castropol se estrecharon la mano en el centro del nuevo puente, como divisoria de ambas provincias, en señal de hermandad.
No obstante, aún siendo toda la ría –como se la denomina habitualmente por los ribereños- propiedad de Castropol, tuvo cierto arraigo, en la cartografía y usos navales, a partir del siglo XIX, la denominación: Ría de Ribadeo. La explicación era obvia y aceptable. Por un lado, coincidió con que los lugares de su margen derecha, aunque asturianos, y adscritos durante el XVIII a la provincia marítima de Avilés, pasaron a depender directamente de la Ayudantía de Marina de Ribadeo; lo cual, unido a la preponderancia comercial del puerto de Ribadeo en esa época, hizo que en los derroteros y cartas de navegación se emplease el nombre de ría de Ribadeo, aunque exclusivamente entre las gentes de mar. Pero como ahora dichos lugares ya no pertenecen a la jurisdicción de Marina de Ribadeo, sino a la de Luarca (Comandancia Marítima de Gijón) aquella única razón denominadora resulta extemporánea, inapropiada y equívoca, por lo que entendemos no tiene razón de prevalecer ni aún en lo naval.
Quienes con un criterio excesivamente localista, absorbente y mezquino, sostienen a ultranza la denominación de ría de Ribadeo olvidando razones históricas y variantes jurisdiccionales, invocan aún en su apoyo dos sofismas: por un lado, que la edición del mapa del Instituto Geográfico y Catastral la llama ría de Ribadeo y que dicho mapa es de observancia legal. Argumento pueril, por cuanto ni existe disposición alguna que imponga aceptar en materia geográfica lo que dice el Instituto Geográfico, ni podemos aceptar por dogma de fe toponímica las hojas de un mapa que, en ese aspecto precisamente, está plagado de errores y disparates; con lo que resulta incongruente aceptarlo por infalible y hacer causa de lo que es mero efecto. Si lo primero cuestionable es el propio mapa no puede ser por si mismo esgrimido en la cuestión.
El otro argumento que se viene utilizando por quienes rechazan el nombre de el Eo para la ría, es que, por lo general, las rías llevan el nombre de la población más importante, y así nos ponen de ejemplo la ría de Vigo, la de Pontevedra, la de Coruña, o Vivero. Argumento irrebatible respecto a esos lugares concretos, por cuanto las dos orillas del río pertenecen a la misma jurisdicción; pero inaceptable e inextensible a una ría que en su mitad es de Galicia y en la otra de Asturias, y porque de prevalecer un argumento cuantitativo, entonces podría invocarse que de las cuatro villas de la ría, tres al menos son asturianas y sólo una gallega.
Criterio historicista.
No faltaron quienes con un criterio historicista, alegaron que Ribadeo equivale a Riberas del Eo y en efecto con ese significado se comprendía en la Edad Media por tierras, es decir, la mesopotamia del Navia al Eo; pero como esa equivalencia no está vigente y ahora nadie aceptaría, como entonces, que Castropol es Ribadeo, tal denominación sería equívoca, ya que hoy por Ribadeo entendemos sólo la comarca del municipio gallego de ese nombre. Nos parece pues más aceptable e imparcial, que si la ría la forma el Eo en su desembocadura; que es cuando dicho río es más propiamente Eo (Euve, Ove) pues para arriba de la Olga de Reme y hasta el confín con Santiso se le conoció por río Grande de Abres, y aguas ascendentes por Río de Miranda, la ría que el Eo forma no debe de tener otra denominación que ría del Eo ya que además el Eo, hoy tan gallego como asturiano, nos hermana a todos y a todos debe de sernos su nombre reverencial; máxime a Ribadeo que le da nombre. Y es mucho más propia esa denominación global, y no que cada uno use ría de Vegadeo, ría de Castropol, ría de Figueras, o ría de Ribadeo, según las tierras que sus aguas bañen; ya que este criterio aparte de anacrónico, sería separatista.Y si la ría es común, y común nos es a todos el Eo, para mi aquella no debe de tener otra denominación que la de ría del Eo. Esta es además la que emplea cierta cartografía civil, antigua y moderna, y así lo comprendieron también en Galicia, quienes en 1903 editaron aquel bello álbum titulado Postales Ría Eo. Y así la nombran, aún del propio Ribadeo, Gamallo Fierros, Dionisio Franco, y tantos otros, que con un criterio inteligente aceptan que la realidad geográfica y actual no admite otra denominación, y está por encima de mezquinos localismos.
3.
A nova de hoxe de La Voz de Galicia:
El estuario del Eo se llama ría de Ribadeo
La Comisión Geográfica Nacional confirma los informes de la Xunta y de otros colectivos y zanja, en teoría, la polémica entre Galicia y Asturias sobre el topónimo
Autor:
M. G. Balseiro
Fecha de publicación:
21/3/2008
La Comisión Geográfica Nacional del Consejo Superior Geográfico, que depende del Ministerio de Fomento, determinó proponer que el estuario del río Eo, que limita geográficamente los territorios de Asturias y Galicia, se denomine oficialmente ría de Ribadeo.
El organismo, que es el que se encarga de informar sobre los topónimos y proponer la normalización de las denominaciones geográficas en todo el territorio nacional, zanja así, en teoría, un viejo litigio entre ambas comunidades, que se concretó en la elaboración de informes técnicos de uno y otro Gobierno autónomo avalando los respectivos topónimos: ría de Ribadeo para la Xunta; ría del Eo para el Principado.
Razones a uno y a otro lado no han faltado nunca para defender cada una de las denominaciones toponímicas de esa línea fronteriza entre ambas comunidades. En la orilla gallega, tanto el Concello de Ribadeo como la Plataforma en Defensa da Ría de Ribadeo mantuvieron siempre dos argumentos básicos. Por un lado, aportando una relación de mapas y documentos antiguos, entre ellos tres del siglo XVI con la denominación de ría de Rivadeo, así como cartas marinas del siglo XVIII, y 38 documentos de este tipo del siglo XIX con la misma referencia, y no solo españoles, sino también franceses, alemanes e ingleses.
Denominación tradicional
El segundo argumento está relacionado con la denominación tradicional de las rías en el Cantábrico, que toman para sí el nombre de la población de mayor entidad en la desembocadura del río, y que en este caso es Ribadeo.
Los asturianos argumentan también hechos históricos, señalando que desde 1154 la ría era propiedad en su totalidad de la localidad asturiana de Castropol, avalada con sentencias emitidas en 1583 contra las aspiraciones de Ribadeo; las actas de deslindes de Castropol de 1889, y que las cuestiones administrativas de pesca se «ventilaban» ante los tribunales asturianos.
Fue en 1956 cuando, según el investigador asturiano José Luis Pérez de Castro, que también aporta los anteriores argumentos a favor de la ría del Eo como topónimo, se fija la línea divisoria entre Galicia y Asturias en la propia ría. El Principado expone además en el informe que envió a la comisión que el topónimo tradicional más válido en ambas orillas es el de «ría del Eo-ría do Eo, de uso exclusivo en Asturias y mayoritario en Galicia».
En los foros de Internet hay defensas apasionadas a favor de una u otra denominación, según se tercie. Un internauta incluso hace una pregunta que casi podría ser del juego del Trivial. «¿Nombre del río que desemboca en el Cantábrico formando la ría de Avilés?, y no vale tirar de Google». Se decanta por la postura gallega. Desde Asturias algunos internautas no dudan en culpar a los nacionalistas gallegos de intentar imponer la denominación.
Satisfacción
El colectivo gallego que más ha defendido el topónimo oficial de ría de Ribadeo ha sido la plataforma homónima. Su presidente, Evaristo Lombardero, acogía con satisfacción la decisión de la comisión geográfica, que señala que una cosa son las múltiples denominaciones que popularmente tienen las rías y otra el nombre oficial. «É a lei do péndulo, unha resolución que non ten discusión, tomada por unha comisión técnica e profesional que tuvo en conta moitos informes», concluye Lombardero.
2 comentarios:
Xa sei que deberia haber lido todo el articulo que publica n'el sou blog, pero desgraciadamente solo dispoño de media hora diaria de conexión, asi que serei breve.
A mia critica fundamental con respecto al tema aberto sobre a correcta denominación da Ria é el que sigue: fai poucos dias vin nel blog castropol.blogia.com un plano da Ria de 1605, na que a denominación que aparece é Ria de Ribadeo. Ahora ben, tamen aprarece el toponimo Castripol, en vez de Castropol, y eu nun lo podo dar por malo. Ben al contrario, confirma el feito de que nas parroquias de Castropol y n'outros conceyos, pra referirse a Castropol dician Castripol.
¿Y esto a que ben? Ben a cuento de que tachar a denominacion Ria del Eo como "inapropiada" a min enfadame. Enfadame, porque el feito de que nos mapas antiguos del XVI,XVII,XVIII y XIX apareza Ria de Ribadeo, nun significa mais que equiparan "Puerto" a "Ria". Eu nun vou negar a importancia historica del puerto de Ribadeo, pero si que ha ria se chame Ria de Ribadeo. Comprendo a logica dos defensores d'este toponimo, pero nun comparto el sou afan de acaparar a Ria. Un Saludo
Victor Manuel Díaz Díaz "Primote"
Castropol
egoba10@gmail.com
Aquí dejo las últimas noticias sobre este asunto:
- http://www.lavozdegalicia.es/galicia/2008/03/21/
0003_6669027.htm
- http://www.elcomerciodigital.com/aviles
/20080323/occidente/fomento-determina-nombre-estuario-20080323.html
Un saludo desde Sabadell, Antonio.
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